Tipos de sanciones laborales, prescripción y cómputo de sus plazos

Sanciones laborales | ETL Maresme

El ámbito laboral es un espacio regido por normativas y leyes que buscan equilibrar los derechos y obligaciones tanto de empleadores como de trabajadores. Dentro de este marco, las sanciones laborales juegan un papel crucial en la regulación del comportamiento de los trabajadores, pudiendo el empresario ejercer un poder disciplinario punitivo, respetando siempre los principios que limitan el mismo:

  1. El ámbito de aplicación debe ser el laboral.
  2. Las infracciones y sanciones deben estar tipificadas.
  3. Las sanciones deben ser proporcionadas y conformes a la buena fe.
  4. No deben vulnerar derechos fundamentales.

En este artículo analizamos los tipos de sanciones, la prescripción de las infracciones (plazo para sancionar las mismas) y cómo se computan estos tiempos.

1. Tipos de sanciones laborales.

1.1. Sanción laboral leve.

Las sanciones leves suelen corresponder a infracciones menores, como llegar tarde de manera ocasional o no cumplir con ciertos protocolos internos no esenciales.

Ejemplos de faltas leves en el ámbito laboral:

    • Retardos: Llegar tarde al trabajo de manera ocasional.
    • Ausencias: Faltar un día al trabajo sin justificación previa o sin informar.
    • Uniforme e indumentaria: No usar correctamente el uniforme o la indumentaria establecida por la empresa.
    • Uso inadecuado de instalaciones o herramientas: Por ejemplo, usar el teléfono de la empresa para asuntos personales o usar la fotocopiadora para fines no laborales.
    • Pequeños descuidos: Olvidar apagar luces o equipos al terminar la jornada.
    • No cumplir con normas básicas de higiene y orden: No mantener limpio el espacio de trabajo.
    • Comportamiento inadecuado: Hacer comentarios inapropiados o chismes, aunque no lleguen al nivel de acoso o discriminación.
    • Desatender indicaciones: No seguir instrucciones básicas de un supervisor, siempre y cuando no comprometa seriamente la operatividad o seguridad de la empresa.
    • Consumo de alimentos: Comer en áreas no designadas para ello.
    • Uso personal del internet: Navegar en sitios web no relacionados con el trabajo durante horas laborales sin permiso.
    • Retrasos en la entrega de tareas: Sin que esto se convierta en un patrón habitual o afecte gravemente a la empresa.

1.2. Sanción laboral grave.

Las faltas graves suelen ser aquellas que tienen un impacto más significativo en la operatividad, reputación o seguridad de la empresa o de sus trabajadores, como reiteradas ausencias injustificadas, negligencias en el desempeño o el incumplimiento reiterado de órdenes. Las sanciones por estas faltas pueden variar desde suspensiones temporales de empleo y sueldo hasta sanciones económicas.

Ejemplos de faltas graves en el ámbito laboral:

    • Abandono del puesto de trabajo: Dejar el trabajo sin notificar o sin razón justificada, especialmente en puestos críticos.
    • Falsificación: Manipular o alterar documentos oficiales de la empresa.
    • Hurto o robo: Tomar bienes de la empresa o de colegas sin permiso.
    • Daño intencionado: Causar daño a la propiedad de la empresa o a las pertenencias de otros trabajadores intencionadamente.
    • Consumo de sustancias prohibidas: Consumir alcohol, drogas o cualquier sustancia prohibida durante las horas laborales o en las instalaciones de la empresa.
    • Acoso o discriminación: Realizar acciones de acoso sexual, laboral o discriminación hacia otros trabajadores.
    • Insubordinación grave: Negarse a acatar órdenes directas que son esenciales para la función laboral.
    • Divulgación de información confidencial: Compartir información privada o sensible de la empresa sin autorización.
    • Conflicto de intereses: Actuar en beneficio propio o de terceros en detrimento de los intereses de la empresa.
    • Violación grave de políticas de seguridad: Ignorar o violar protocolos de seguridad que pueden poner en riesgo a la empresa o a otros trabajadores.
    • Absentismo reiterado: Faltar al trabajo reiteradamente sin justificación o sin notificar.
    • Agresión física o verbal: Realizar actos de violencia o agresión hacia compañeros de trabajo o superiores.
    • Manipulación indebida: Manipular o interferir con equipos o sistemas de forma que pueda causar un mal funcionamiento o un riesgo.
    • Fraude o engaño: Realizar acciones fraudulentas que afecten a la empresa, clientes o compañeros.

1.3. Sanción laboral muy grave.

Las sanciones muy graves en el ámbito laboral se refieren a aquellas acciones o comportamientos que tienen un impacto significativo y profundo en la empresa, sus trabajadores o su reputación, y que pueden justificar el despido del empleado sin derecho a indemnización o con penalizaciones significativas. Estas faltas suelen tener consecuencias directas en la productividad o el bienestar del resto de los empleados.

Ejemplos de faltas muy graves en el ámbito laboral:

    • Robo o hurto continuado: Robar bienes o dinero de la empresa de forma sistemática.
    • Sabotaje: Acciones deliberadas para dañar, interferir o interrumpir la operatividad de la empresa.
    • Espionaje corporativo: Entregar información crítica o confidencial a competidores o usarla en beneficio propio de manera indebida.
    • Acoso o abuso grave: Cualquier forma de acoso sexual, laboral, discriminación o abuso que cause un daño psicológico o físico grave a otros empleados.
    • Agresión física: Atacar físicamente a compañeros de trabajo, superiores o clientes.
    • Falsificación o adulteración de documentos: Alterar documentos oficiales o financieros para obtener un beneficio o causar un perjuicio a la empresa.
    • Fraude grave: Engañar a la empresa, clientes o proveedores con intenciones maliciosas o para obtener un beneficio económico.
    • Manipulación de sistemas: Acceder o alterar sistemas informáticos de la empresa sin autorización, poniendo en riesgo la seguridad de la información.
    • Uso indebido y grave de la propiedad: Utilizar propiedades o recursos de la empresa para actividades ilegales o no autorizadas.
    • Absentismo laboral crónico: Faltar de forma continuada y sin justificación, afectando seriamente la productividad y operaciones de la empresa.
    • Conflicto de intereses grave: Realizar negociaciones o tomar decisiones en beneficio propio, familiares o terceros, en detrimento de los intereses de la empresa.
    • Desobediencia reiterada: Ignorar o desafiar continuamente las órdenes o directrices de los superiores, afectando la operatividad o reputación de la empresa.
    • Realizar acciones que comprometan gravemente la seguridad: Ignorar de forma reiterada protocolos o regulaciones que pongan en peligro a la empresa, colegas o clientes.

2. Prescripción de las infracciones laborales.

Los plazos para sancionar a un trabajador varían según la gravedad de la falta/infracción cometida:

  1. Plazo de prescripción corto:
    • Faltas leves: 10 días.
    • Faltas graves: 20 días.
    • Faltas muy graves: 60 días.
  2. Plazo de prescripción largo:
    • A los 6 meses de haberse cometido la falta, con independencia de su grado.

Los plazos están referidos a días laborales (incluyen, por lo tanto, los días inhábiles).

3. Cómputo de los plazos.

La fecha de inicio para el cómputo de los plazos es una cuestión de suma importancia y en la que nuevamente debemos distinguir entre el plazo de prescripción corto y largo.

Así:

  1. La prescripción corta: el plazo de 10, 20 o 60 días se inicia desde el día en que la empresa tiene conocimiento de la comisión de la falta. Pero ¿cómo se define este "conocimiento"?
    • Conocimiento real: No es suficiente que la empresa tenga un conocimiento superficial o basado en rumores. Debe haber una certeza de que la falta se cometió, se exige que la empresa tenga un conocimiento cabal, pleno y exacto de las hechos. La fecha de inicio del plazo es cuando la empresa tiene un entendimiento completo y preciso del incidente.
  2. La prescripción larga: el plazo de 6 meses se inicia desde que se cometió la falta y no cuando la empresa tuvo conocimiento de esta con las siguientes excepciones:
    • Naturaleza continuada de la falta: En casos donde la falta sea de carácter continuado, el plazo de seis meses no comienza el día que se cometió cada falta sino el que se cometió el último acto de la infracción.
    • Faltas permanentes con ocultación: Si el trabajador se prevalece de su condición para ocultar activamente su falta la confianza que la empresa deposita en él puede impedir el inicio del cómputo. En estos casos, el plazo de prescripción, comenzaría una vez el trabajador cesa en la ocultación y la misma es descubierta.

Conclusión

Las sanciones laborales son un instrumento esencial para mantener la armonía y productividad en el entorno laboral.

Sin embargo, es imperativo que las empresas las apliquen de manera justa y transparente, respetando los límites del poder disciplinario, los plazos y derechos de los trabajadores.

Por su parte, los trabajadores deben estar al tanto de estos plazos y procedimientos para garantizar que sus derechos no sean vulnerados. En caso de duda o disputa, siempre es recomendable consultar con un experto en derecho laboral.

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